Del 12 al 14 de marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) llevó a cabo la Audiencia Pública sobre el alcance y el contenido del cuidado como derecho. Esto en el marco de la solicitud de Opinión Consultiva que presentó la República de Argentina el año pasado.
En la audiencia, realizada en la sede en Costa Rica, se presentaron las observaciones de 70 delegaciones provenientes de los Gobiernos, la cooperación internacional, la sociedad civil y la academia de nueve países de América Latina y el Caribe.
“La Opinión Consultiva marcará un hito para todo el mundo, se puede decir que desde América Latina y el Caribe se está escribiendo la historia”, aseguró Carolina Oviedo, oficial de Justicia de Género de Oxfam en Perú. “En los últimos 15 años, se ha llegado a cierto consenso sobre el derecho que tenemos todas las personas a brindar cuidados, ser cuidadas y cuidarnos y, por eso, es fundamental que la Corte IDH pueda armonizar las obligaciones en la materia y traducirlas en estándares y alcances concretos para los Estados, desde una mirada integral, de género e interseccional”, agregó.

Antes de emitir una Opinión Consultiva, la Corte IDH acepta observaciones de personas, academia, organizaciones y Estados sobre el tema de consulta. En el caso del derecho al cuidado se presentaron 49 observaciones de organizaciones de la sociedad civil, 34 de instituciones académicas y otras 24 de individuos de diversos países de la región.
Los aportes desde Perú fueron enviados por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán (CMP Flora Tristán), el Movimiento Manuela Ramos, el Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Demus) y Oxfam, los cuales fueron expuestos ante las juezas y los jueces de la Corte IDH en la Audiencia Pública.
Estos aportes recogen los datos de la Encuesta de Representaciones sobre el Trabajo de Cuidado en el Perú, elaborada por Oxfam, CMP Flora Tristán y el Instituto de Estudios Peruanos. Esta da cuenta de la distribución de los cuidados que, históricamente, han recaído en las familias y, dentro de ellas, en las mujeres; así como el limitado acceso a los servicios públicos de cuidados por parte de los hogares.
“La delegación peruana ha puesto en relieve la interrelación del derecho al cuidado con la igualdad y no discriminación, entre otros derechos fundamentales”, aseguró Oviedo. “Se abogó por una corresponsabilidad social que involucre a todos los actores que proveen y distribuyen cuidados, es decir, el Estado como garante de este derecho, la familia, la comunidad y el mercado. A su vez, se afirmó que los estándares deben traducirse en políticas de cuidados, políticas fiscales, laborales y aquellas que hacen al cierre de las brechas de acceso a servicios”, destacó la especialista.
Se espera que en las próximas semanas la Corte IDH emita un dictamen sobre el cuidado como derecho. Este dictamen definirá el carácter autónomo del derecho, la interrelación con otros derechos y sus estándares, es decir, los pisos mínimos de interpretación y alcance que los Estados parte de la Convención Americana de Derechos Humanos deben respetar y garantizar en sus marcos normativos.
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